Las organizaciones políticas deben realizar sus elecciones
internas, de manera obligatoria. La obligatoriedad de los comicios internos lo
establece la Ley de Partidos Políticos (Ley N°28094), pero no establece la
obligatoriedad de ser fiscalizado por los organismos electorales.
Modalidades de elección de candidatos
Corresponde
al órgano máximo del partido político o del movimiento de alcance regional o
departamental decidir la modalidad de elección de los candidatos. Para tal
efecto, al menos las cuatro quintas partes del total de candidatos a
representantes al Congreso, al Parlamento Andino, a consejeros regionales o
regidores, deben ser elegidas bajo alguna de las siguientes modalidades: »
Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de
los afiliados y ciudadanos no afiliados. » Elecciones con voto universal,
libre, igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados. » Elecciones a
través de los delegados elegidos por los órganos partidarios conforme lo
disponga el Estatuto. Hasta una quinta parte del número total de candidatos
puede ser designada directamente por el órgano del partido que disponga el
Estatuto. Esta facultad es indelegable. Dicha potestad no puede ser aplicada
para el caso de candidatos a Presidente y Vicepresidentes de la República, los
cuales deberán ser necesariamente elegidos. Cuando se trate de elecciones para
conformar las listas de candidatos al Congreso de la República, del Parlamento
Andino, de los Consejeros Regionales y para Regidores hay representación proporcional,
en la medida en que dichas candidaturas sean votadas por lista completa.
Plazos Para Las Elecciones Internas De Los Partidos Con
Motivo De Las Elecciones Generales 2016
Los
partidos políticos y los movimientos de alcance regional o departamental realizan
elecciones internas de candidatos a cargos de elección popular. Estas se
efectúan entre los ciento ochenta (180) días calendario anteriores a la fecha
de elección y veintiún (21) días antes del plazo para la inscripción de los
candidatos. Con motivo de las Elecciones Generales 2016 y de acuerdo al
cronograma electoral aprobado por el JNE, la elección de candidatos a la
presidencia de la República se llevará a cabo del 13 de octubre al 21 de
diciembre. En tanto, el periodo para la elección de aspirantes a ocupar una
curul en el Congreso de la República y en el Parlamento Andino también se
iniciará el 13 de octubre y culminará el 20 de enero del 2016.
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